Lima 22 Oct.- El Gobierno peruano promulgó hoy la ley de delitos informáticos, que sanciona con hasta ocho años de prisión el acoso sexual infantil por internet, entre otros ilícitos, pero que ha recibido críticas de expertos por los vacíos que pueden afectar la libertad de expresión.
La norma fue aprobada por el Congreso en septiembre pasado y publicada en el diario oficial El Peruano con la firma del presidente del país, Ollanta Humala.
La ley tiene por objeto prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos y otros bienes jurídicos de relevancia penal, cometidas con el uso de tecnologías de la información o de la comunicación.
De acuerdo con la norma, el que acceda sin autorización a un sistema informático, con vulneración de las medidas de seguridad, recibirá una pena de uno a cuatro años de prisión.
En el caso de interceptación de datos informáticos en transmisiones no públicas, la norma señaló que la sanción será no menor de tres ni mayor de seis años.
La sanción se incrementó a entre cinco y ocho años de cárcel cuando el delito recaiga en información clasificada como secreta, reservada o confidencial, y se fijó a entre ocho y diez años de prisión cuando comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacional.
Por su parte, el presidente de la ONG Hiperderecho, Miguel Morachimo, criticó la sanción tres años de cárcel por el delito de discriminación a través de las tecnologías de la información.
"Ello implica una amenaza a la libertad de expresión en línea, donde cualquier comentario que alguien pueda encontrar discriminatorio puede colocar al autor frente a una investigación penal", apuntó Morachimo.
La norma fue aprobada por el Congreso en septiembre pasado y publicada en el diario oficial El Peruano con la firma del presidente del país, Ollanta Humala.
La ley tiene por objeto prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos y otros bienes jurídicos de relevancia penal, cometidas con el uso de tecnologías de la información o de la comunicación.
De acuerdo con la norma, el que acceda sin autorización a un sistema informático, con vulneración de las medidas de seguridad, recibirá una pena de uno a cuatro años de prisión.
En el caso de interceptación de datos informáticos en transmisiones no públicas, la norma señaló que la sanción será no menor de tres ni mayor de seis años.
La sanción se incrementó a entre cinco y ocho años de cárcel cuando el delito recaiga en información clasificada como secreta, reservada o confidencial, y se fijó a entre ocho y diez años de prisión cuando comprometa la defensa, seguridad o soberanía nacional.
Por su parte, el presidente de la ONG Hiperderecho, Miguel Morachimo, criticó la sanción tres años de cárcel por el delito de discriminación a través de las tecnologías de la información.
"Ello implica una amenaza a la libertad de expresión en línea, donde cualquier comentario que alguien pueda encontrar discriminatorio puede colocar al autor frente a una investigación penal", apuntó Morachimo.
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